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¿Puede ser Murcia una Nación? (I)

 

 

 

 

 

 

 

 

Los murcianos serán muchas cosas; pero nunca manchegos, valencianos ni andaluces. Esta afirmación, obvia para el lector avispado, encierra una realidad que siglos de desidia política condenaron al olvido. Pero no la Historia. Ahora, mientras otros territorios enarbolan sus derechos históricos y su identidad cultural para independizarse de España, podría sorprender que Murcia hiciera lo propio. Aunque, de hacerlo, no le faltarían razones históricas.

Sin profundizar demasiado en la Historia, la ciudad de Carthago se erigió como capital de un vasto territorio que se extendía entre los ríos Ebro y Guadalquivir. Durante la etapa romana, si bien quedó reducida su extensión, aún dominaba el corazón de la meseta castellana y el mar tras la independencia en el año 333 de la provincia Tarraconense, a la que pertenecía.

Este territorio acogía, al menos, una docena de pueblos -¿nacionalidades?- distintos. En el Bajo Imperio, el futuro reino abarcaba desde Denia hasta Garrucha y los altiplanos de Hellín y Chinchilla. Así lo encontraron los árabes al desembarcar para, según algunos reputados historiadores, iniciar la conquista en los campos de Sangonera. Poco a poco se iría desplazando el centro de poder hacia la ciudad de Murcia, fundada en el año 825.

La nueva capital disfrutaría de su momento de esplendor bajo el reinado del monarca almorávide Ibn Mardanis, el llamado Rey Lobo, a mediados del siglo XII. Murcia, por tanto, incluso tuvo un gran monarca, a diferencia de otros lugares. Ahí queda eso. De nuevo, el territorio de aquel Reino es indiscutible: Comprendía la actual provincia de Jaén y alcanzaba Valencia. Los murcianos -aunque sea inexacto el término- incluso lograron conquistar Écija y Carmona, a las puertas de Sevilla.

En aquella época nadie discutía la soberanía murciana, salvo a quien no le importara ser ejecutado al instante. El Reino, sin embargo, fue acercándose a Castilla. Tanto, que acabó siendo un protectorado para luego formar parte de aquella Corona. Eso sí, nunca perdió su identidad soberana y la representación como Reino en las Cortes castellanas.

El Reino de Murcia, reconocido administrativamente, surgió tras la rendición del caudillo musulmán Aben Hud en 1243. En ese año se firma el Tratado de Almizra entre el aragonés Jaime I y el futuro Alfonso X, delimitando la frontera entre ambas zonas de influencia.

Sus límites territoriales comprendían, según apuntó en su día el profesor Juan Torres Fontes, las tierras del norte de Alicante, extendiéndose a otras poblaciones como Elche, Elda, Petrel o Sax. También aglutinaba a Cofrentes, hasta la ribera del río Júcar, para luego alargarse hacia Albacete y descender por la frontera entre el Reino de Castilla y el de Granada hasta Águilas.

Debemos establecer en este punto si cabe hablar de identidad murciana, lo que implica argumentar que el territorio poseía una visión del mundo común, un idioma, una cultura y un estilo de vida. Para abreviar, acotemos la tesis a la actual región. ¿De qué hechos diferenciales disponemos? «De un capazo», diría un castizo.

La industria de la seda y del pimentón, la minería, los belenes o la alfarería, los remotos cánticos de los auroros, los Mayos y las cuadrillas, el medieval pastel de carne -sin explayarnos en la riqueza gastronómica-, la internacional Cruz de Caravaca, las acequias, norias y pozos de nieve, las barracas y torres huertanas y, de los huertanos, su indumentaria y costumbres. Por último, el murciano -que no el panocho-, es una realidad lingüística que se asienta sobre una base árabe y mozárabe que fue moldeada por las lenguas de quienes llegaron al Reino en la Edad Media.

Hasta Cortes de facto

El Reino para contar contaba, como cuenta, con una particular unidad de superficie agraria: la tahúlla. Quizá heredada de los árabes, la tahúlla, según la describía el Diccionario de Autoridades «es voz usada en el Reino de Murcia». Este diccionario, publicado entre 1726 y 1739, fue el primero de la lengua castellana editado por la Real Academia Española y precursor del actual.

De hecho, la tahúlla fue la medida empleada en el Repartimiento de Tierras de Alfonso X. Y aunque a aquel reparto acudieron pobladores catalanes, aragoneses, valencianos y castellano-leoneses, se utilizó la tahúlla. Curiosamente, esta medida no se empleó en otras particiones castellanas; pero sí, por ejemplo, en el Repartimiento de Almería.

Si bien el Rey Sabio otorgó a Murcia el Fuero Juzgo, el Reino ya disponía de un cuerpo legal más antiguo y que, con continuas actualizaciones, perduraría hasta nuestros días. Se trata de las Ordenanzas de la Huerta, normativa aún vigente y cuya primera redacción corresponde al siglo XIV. En la práctica, se pueden considerar las Ordenanzas y el remoto Consejo de Hombres Buenos que las aplicaban como una evidencia más de la identidad cultural murciana.

Hay autores que incluso señalan que el Reino tuvo sus propias Cortes, denominadas Juntas de la Tierra. Se convocaron en el siglo XIII, impulsadas por el Marquesado de Villena, para debatir y hallar soluciones a los problemas presentados por las diferentes villas del Reino, con la lógica oposición de la Corona castellana. Nadie imaginó entonces que los siglos venideros, aunque hoy ya nadie lo recuerde, reforzarían la soberanía de Murcia como nación. Pero eso queda para la próxima semana.

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